El apartado 1 del artículo 36 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, establece la posibilidad de que la Dirección General de Coordinación Financiera con las Comunidades Autónomas y con las Entidades Locales retenga el importe de las entregas mensuales a cuenta de la participación en los tributos del Estado a aquellos Ayuntamientos que no remitan la información relativa a la liquidación del presupuesto correspondiente.
El pasado 15 de junio, la mencionada Dirección General envió una carta recordatoria a todos los Ayuntamientos, estableciendo la fecha límite del 31 de julio para la comunicación de las liquidaciones del Presupuesto de los ejercicios 2009 y 2010. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la aplicación, en el mes de octubre de 2011, de la retención prevista en el artículo 36.
Como cada año, desde el Área Económica del SEPAM queremos reiterar el ofrecimiento de nuestra ayuda, tanto para la realización de las tareas de liquidación del presupuesto como para el envío de la misma a la Dirección General de Coordinación Financiera con las Comunidades Autónomas. Todo ello en el marco de las Bases del Proyecto de Asistencia a las Entidades Locales sobre Gestión Presupuestaria y Contable, publicadas en el BOP nº 7, del 17 de enero de 2006.